APEDANICA presentó denuncia por presunta malversación, prevaricación y censura previa por funcionarios públicos en relación con el Ayuntamiento de Madrid

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@miguelgallardo

Dr. (PhD) Miguel Gallardo
PERITO
Tel.  (+34) 902998352 E-mail: [email protected]

@APEDANICA
Asociación
APEDANICA
con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf 

FISCALÍA a la que corresponda esta DENUNCIA PENAL
publicada
en
www.miguelgallardo.es/demanda-malversada-censuradora.pdf 

Como mejor proceda se presenta DENUNCIA por presunta MALVERSACIÓN, PREVARICACIÓN y CENSURA PREVIA
POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS (artículo 538 del Código Penal) en concurso con
otros delitos perseguibles de oficio cometidos por funcionarios municipales
del Ayuntamiento de Madrid, por los siguientes HECHOS:

1º Los 2 fiscales personados en los Juzgados de 1ª Instancia 77 (P. O.
1020/2020) y 89 (P.O. 1008/2020), conocen la demanda presuntamente
malversada presentada por letrados municipales del Ayuntamiento de Madrid en
el expediente municipal con ref. 201/19/1365-GS que es, en sí mismo, el
cuerpo de un delito contra la Administración que parece estar siendo
ignorado por la Fiscalía. Se señalan ambos expedientes judiciales, a los que
tuvieron acceso dos fiscales, y también todos los expedientes municipales en
el Ayuntamiento de Madrid que hagan referencia al aquí denunciante.

2º Aunque la responsabilidad de las acciones, omisiones y disfunciones de
los servicios jurídicos municipales son responsabilidad del alcalde de
Madrid José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, coordinadora Matilde García
Duarte y ex director general de la Alcaldía Ángel Francisco Carromero
Barrios (se ha publicado que ha dimitido con fecha 17.2.202 en medio de un
escándalo de espionaje), los letrados municipales Ángela María García
Sánchez, Alejandro Oriol Rodríguez, María Lourdes Menéndez
González-Palenzuela y JUDIT-GEA HERNANDEZ LARGACHA son responsables tanto
del expediente municipal con ref. 201/19/1365-GS como del ref.
201/2019/1365-HL de los que quien aquí denuncia tiene el mismo conocimiento
que los 2 fiscales personados, documentan los presuntos de
MALVERSACIÓN, PREVARICACIÓN y CENSURA PREVIA
POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS (artículo 538 del Código Penal), y además, con
fecha 16.2.2022, se ha celebrado una vistilla en el Juzgado de 1ª Instancia
77 a la que hubiera debido comparecer el fiscal personado en el PO
1020/2020, pero
no compareció, como puede dar fe pública el letrado de la Administración de Justicia. Mi
abogado, Dr. José Manuel López Iglesias, ha pedido ya el video de la
vistilla judicial y es testigo de las acciones y omisiones presuntamente
delictivas de los funcionarios municipales, en las actuaciones
administrativas y judiciales ilegales y duplicadas. También es relevante el
expediente municipal 026/21 de la Unidad de Mediación Administrativa
(Coordinación General de la Alcaldía), y el testimonio de la Consejera
Técnica y mediadora municipal Mar Sánchez-Toledo Luque, que
este denunciante pide a la Fiscalía que se documente requiriéndolo.

3º Señalamos al Fiscal Castro Páramo de Santiago
como experto en la demanda ilegal de Ignacio González González en el Juzgado
de Primera Instancia 55 de Madrid (P. O. 802/2009) “gratis total”, obligando
el Juzgador a que designase abogado y procurador a su costa, o se tuviera
por desistido. La Fiscalía es responsable tanto del uso indebido de recursos
públicos, como de la presunta prevaricación relacionada con un delito de
censura previa ejercida por funcionarios públicos en el Ayuntamiento de
Madrid, tipificado en artículo 538 del Código Penal y en caso de que los
fiscales no actúen inmediatamente, yo mismo denunciaré por el artículo 408
del Código Penal sin perjuicio ni renuncia de otros derechos, incluyendo el
inmediato inicio de la reclamación de responsabilidad patrimonial. Para
ello, yo solicito la identificación inequívoca de los dos fiscales
personados, que han de reconocer todo lo siguiente:

Juzgado de 1ª Instancia 77 de Madrid

  1. O. 1020/2020 (letrada Admin. Justicia MARÍA MICAELA HURTADO YELO)

Demandante: Ayuntamiento de Madrid pero siendo la funcionaria municipal
interesada Mª Luz Polo Morales, pero
SIN PROCURADOR quedando este escrito
publicado
en
www.miguelgallardo.es/demanda-municipal-duplicada.pdf 

https://cita.es/demanda-municipal-duplicada-lexnet.pdf 

Susana Gómez Cebrián, procuradora de los tribunales y de Miguel Ángel
Gallardo Ortiz

según consta ya bien acreditado en autos, bajo la dirección letrada del
abogado colegiado en el ICAM José Manuel López Iglesias, considerando las dos
últimas diligencias de ordenación y el escrito firmado por la letrada
municipal JUDIT-GEA HERNANDEZ LARGACHA con su ref. 201/2019/1365-HL,
DIGO:

1º Esta parte no tiene ni la más mínima responsabilidad en la duplicidad de actuaciones y está siendo perjudicada al verse obligada a contestar a dos
juzgados. Esta defensa hace responsables a los letrados municipales
Judit-Gea Hernández Largacha, Ángela María García Sánchez, Alejandro Oriol
Rodríguez y María Lourdes Menéndez González-Palenzuela
, a los letrados de la Administración de Justicia y también al
representante del Ministerio Fiscal en cada procedimiento duplicado,
más aún cuando estamos viendo que no es un caso aislado, e
instamos a que se investigue a fondo para evitar más duplicidades. En
este sentido, el Dr. Gallardo ya denunció y pidió transparencia según se
adjunta y puede verse en la
solicitud
publicada
en
www.cita.es/transparencia-duplicidad-municipal.pdf  

Además, la descoordinación del Ayuntamiento de Madrid que no se da
por enterado de ningún escrito registrado por el Dr. Gallardo y que únicamente
pretende censurar cualquier información sobre el fondo del asunto (acciones,
omisiones y disfunciones de la funcionaria que defiende sus derechos
personales, particulares y privados utilizando recursos públicos) evidencia
una práctica municipal en presunta malversación de recursos públicos, porque
el honor y los datos personales de nadie pueden ser competencia de ningún
ayuntamiento. En este sentido, el Dr. Gallardo ya ha presentado otra relevante
solicitud de transparencia adjunta y publicada
en
www.cita.es/transparencia-judicial-ayuntamiento-madrid.pdf 

La Fiscalía tampoco parece enterarse de ninguno de los escritos que
ya constan en estas actuaciones, y en especial, por la citada ilegalidad que
claramente impidió el
Fiscal Castro Páramo de Santiago contra Ignacio González González
cuando era vicepresidente de la Comunidad de Madrid y demandó por su honor con
letrado institucional en el Juzgado de Primera Instancia 55 de Madrid (P. O.
802/2009) gratis total, obligando el Juzgador a que designase abogado y
procurador a su costa, o se tuviera por desistido. La Fiscalía es responsable
tanto del uso indebido de recursos públicos en una demanda presuntamente
malversada, como de toda duplicidad.

Por lo expuesto, al Juzgado
solicitamos que requiera informe al representante del Ministerio Fiscal
para resolver a la mayor brevedad posible sobre cuál es el Juzgado competente
y la ilegalidad de la demanda presuntamente malversada, dándonos copia
inmediatamente tanto de ese informe que solicitamos que se requiera a EL
FISCAL, como de todos los escritos de EL FISCAL aquí, todo ello sin perjuicio
ni renuncia a cualquier otro derecho y, en especial, a la reclamación de
responsabilidad patrimonial creciente, y
que el Juzgado actúe eficazmente de oficio “IURA NOVIT CURIA”, por ser
Justicia que pedimos en la fecha esta firma.

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Dr. (PhD) Ing.
Miguel Gallardo
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con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf 

Ayuntamiento atn. alcalde, concejales responsables de la Asesoría Jurídica Municipal y
responsable de la Transparencia Institucional
con copia para el Consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid, Enrique
López,

solicitud
publicada
en
www.cita.es/transparencia-duplicidad-municipal.pdf  

Por lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno

y los artículos 20, 105 y 120 de la Constitución, como mejor proceda
solicitamos al Ayuntamiento los siguientes datos:

Número de procedimientos judiciales en los que ha existido alguna
duplicidad, total o parcial, de actuaciones municipales, tanto si se solicitó
ya acumulación judicial de las actuaciones, con fundamentación jurisprudencial
de la resolución judicial, así como en cuántos prosiguen actuaciones
judiciales con personación municipal duplicadas, o incluso triplicadas o más
aún, por los mismos hechos con los mismos sujetos. 

De entre ellos, número de procedimientos judiciales duplicados en
los que el Ayuntamiento está ejecutando algún tipo de sanción o de
resoluciones administrativas o judiciales o cualquier tipo de demanda o
requerimiento municipal contra ciudadanos particulares en cualquier instancia
judicial o jurisdicción, en que haya alguna duplicidad con el mayor desglose y
precisión posible de cuanto esté duplicado.

Número total de “exacciones municipales” de cualquier tipo
(sanciones, impuestos, ejecuciones, etc) en los últimos años (al menos en los
5 últimos años, o con tanta antigüedad y actualidad como sea posible), que
hayan dado lugar a cualquier clase de procedimiento judicial para que el
Ayuntamiento pueda ejecutar alguna “exacción”, y de todos ellos, en cuántos
casos se ha detectado alguna duplicidad en sedes judiciales, con o sin
solicitud, o resolución, de acumulación.

Aunque la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno

no requiere al solicitante ninguna motivación ni justificación, en aras de la
eficacia entendemos que APEDANICA, y personalmente su presidente, tienen la
máxima legitimación general para conocer, “DE OMNI RE SCIBILI”, cuantos
datos y METADATOS municipales o judiciales evidencien duplicidades en
procedimientos que sean responsabilidad de algún Ayuntamiento. y desde la
convicción de que todos los ciudadanos tenemos derecho y deber moral de
interesarnos por la conflictividad municipal, pero muy especialmente, por lo
que podemos considerar como un gravísimo funcionamiento anómalo de la asesoría
jurídica del Ayuntamiento de Madrid (que queremos comparar con otros
municipios) al demandar y personarse en Juzgados por el honor personal,
particular y privado, y administrativamente, ejercer censura de las acciones,
omisiones y disfunciones de un funcionario municipal duplicadamente, sin que
los sistemas informáticos de los juzgados detecten la duplicidad, al menos, en
los Juzgados de 1º Instancia 77 y 89 de Madrid, de la que hacemos responsables
a los letrados municipales Judit Hernández Largacha, Ángela María García
Sánchez, Alejandro Oriol Rodríguez y María Lourdes Menéndez
González-Palenzuela. Véase lo publicado en

https://cita.es/ayuntamiento-pide-acumular.pdf

https://cita.es/transparencia-judicial-ayuntamiento-madrid-informe.pdf 

Por otra parte, un distinguido miembro de APEDANICA afronta varios
contenciosos por reiteraciones municipales duplicadas en exacciones, obligando
a sucesivas personaciones en distintos juzgados y tribunales por los mismos
hechos, teniendo que reiterar a cada juez, una y otra vez, los mismos datos en
fundamentos de hecho y de derecho. Existen abundantes indicios racionales de
que, al menos en el Ayuntamiento de Madrid, y quizá en otros, es una práctica
habitual o “modus operandi” que instamos a que sea pronto investigado
en los sistemas informáticos eficazmente, porque las duplicidades
administrativas y judiciales crean inseguridad jurídica y arbitrariedades.
Entendemos que la transparencia de los datos (que no deben afectar a ningún
particular pero sí a todos los funcionarios responsables) y en todo caso, los
metadatos judiciales y municipales como los que aquí solicitamos son, por sí
mismos, la mejor base fáctica para denunciar con rigor presuntos delitos,
abusos o negligencias en las asesorías jurídicas municipales. APEDANICA está a
la disposición de todo el que pueda y quiera aportar o compartir cuanto pueda
conocerse (“DE OMNI RE SCIBILI”) en tecnologías y derechos en ámbitos
municipales, por lo que hace público este PDF de 2 páginas.

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Ayuntamiento atn. alcalde, concejales responsables de la Asesoría Jurídica Municipal y
responsable de la Transparencia Institucional
con copia para el Consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid, Enrique
López,

solicitud
publicada
en
www.cita.es/transparencia-duplicidad-municipal.pdf 

https://cita.es/transparencia-duplicidad-municipal-cam.pdf

https://cita.es/transparencia-duplicidad-municipal-madrid.pdf

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con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf 

Ayuntamiento de Madrid atn. alcalde José Luis Martínez Almeida (abogado del Estado) con copia para
Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid atn. Enrique López y López
(magistrado)

solicitud
publicada
en
www.cita.es/transparencia-judicial-ayuntamiento-madrid.pdf 

Por lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno

y los artículos 20, 105 y 120 de la Constitución, como mejor proceda
solicitamos al Ayuntamiento de Madrid los siguientes datos:

Número de procedimientos judiciales en los que el Ayuntamiento de
Madrid está personado actualmente en juzgados o tribunales de cada
jurisdicción, con el mayor detalle del desglose que sea posible y los mismos
datos en los últimos 12 años, o tantos como se pueda acceder.

De entre ellos, número de procedimientos judiciales en los que el
Ayuntamiento de Madrid está defendiendo el derecho al honor de algún
funcionario municipal, como por ejemplo, lo hacen los letrados Ángela María
García Sánchez, Alejandro Oriol Rodríguez y María Lourdes Menéndez
González-Palenzuela en los Juzgados de 1ª Instancia 77 PO 1020/2020 y también
el JPI 89 PO 1008/2020 o en cualquier otro juzgado en el que el Ayuntamiento
de Madrid haya presentado alguna demanda por el honor de algún empleado
público como la que consta, al menos, en el expediente municipal con ref.
201/19/1365-GS.

Procedimientos administrativos municipales para la protección o
censura de datos personales de funcionarios o empleados públicos del
Ayuntamiento de Madrid que letrados municipales por escritos que hayan
redactado o presentado ante la Agencia Española de Protección de Datos AEPD
para suprimir o censurar sus nombres en relación a las acciones, omisiones o
disfunciones municipales publicadas en Internet, como por ejemplo nos consta
que se ha hecho por el letrado municipal Alejandro Oriol Rodríguez, incluso
enviando amenazantes BUROFAXES a particulares que se han pagado con fondos
municipales, al menos, en el expediente municipal Ref. 201-19-1365 AO.

Aunque la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno

no requiere al solicitante ninguna motivación ni justificación, en aras de la
eficacia entendemos que APEDANICA y personalmente su presidente tienen máxima
legitimación general para conocer, “DE OMNI RE SCIBILI”, cuantos datos
estadísticos e históricos sirvan para cuantificar y perfilar los asuntos
judicializados en los que sea parte el Ayuntamiento de Madrid, desde la
convicción de que todos los ciudadanos, y especialmente los madrileños,
tenemos derecho y deber moral de interesarnos por la conflictividad municipal,
pero muy especialmente, por lo que podemos considerar como un funcionamiento
anómalo de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de Madrid al demandar y
personarse en Juzgados por el honor personal, particular y privado, y
administrativamente, ejercer censura de las acciones, omisiones y disfunciones
de un funcionario municipal. La cuestión aquí es: ¿cuántos otros funcionarios
municipales también han conseguido hacer desaparecer sus nombres de Internet
por resoluciones administrativas o judiciales promovidas por el Ayuntamiento
de Madrid desde que pueda accederse a archivos y expedientes asemejables a los
ya citados paradigmáticos ejemplos ref. 201/19/1365-GS y también Ref.
201-19-1365 AO, entre otros? La censura no solamente perjudica al censurado,
sino a todo el que no puede encontrar la información que busca por haber sido
censurada. Y esa censura municipal merece la más dura crítica, siempre.

Esta solicitud de transparencia no supone ninguna renuncia en perjuicio de
derecho alguno de quien solicita datos o, al menos, metadatos de personaciones
del Ayuntamiento de Madrid en Juzgados o Tribunales en general, y más
precisamente, actuaciones para proteger o censurar datos ciertos y demandar
judicialmente por el honor, entendemos que siempre personal, particular y
privadisimo de cuantos funcionarios municipales se estén beneficiando, o ya se
hubieran beneficiado antes, del uso de recursos públicos, materiales o
humanos, para ello.

Quienes solicitamos máxima transparencia y rigor para conocimiento ciudadano
de todas las personaciones judiciales del Ayuntamiento de Madrid, debemos
hacer responsable al alcalde de todas las acciones, omisiones y disfunciones,
y también de cualquier opacidad al respecto.

Por último, estamos a la disposición de todo el que pueda querer recibir algo
de cuanto conozcamos censurado ilícitamente, relacionado con lo aquí
referenciado, amparados por el derecho a dar y recibir información veraz, que
es lo que pedimos a sus responsables y también ofrecemos a quien necesite más
precisiones o datos y documentos censurados. En todo caso,
solicitamos pronto acuse de recibo, por ser de hacer Justicia que pido
en la fecha de registro de este PDF de 2 páginas ya
publicadas
en
www.cita.es/transparencia-judicial-ayuntamiento-madrid.pdf

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https://twitter.com/APEDANICA/status/1438614093129293832

Solicitamos al Ayuntamiento de Madrid @MADRID atn. alcalde JLM Almeida
@AlmeidaPP_  TRANSPARENCIA en personaciones de letrados municipales en
procedimientos judiciales y cuanto censura información relevante de
funcionarios públicos en

https://docs.google.com/document/d/1cp_8rpFTlH0qVSK6EytBCHGtUmosInPoeGY1iXnCcyk/edit Comentar por DM y RT 

https://twitter.com/APEDANICA/status/1438614093129293832

https://actualidadiberica.com/madrid/476-ayuntamiento-de-madrid-en-juzgados-y-tribunales-el-alcalde-almeida-es-responsable-de-letrados-municipales-censuradores-en-internet 

https://nuevaprensaamerica.com/2021/09/organizacion-apedanica-solicita-al-ayuntamiento-de-madrid-datos-de-transparencia-sobre-las-personaciones-de-letrados-municipales-en-procedimientos-judiciales-y-actos-referentes-a-la-censura-en-interne/ 

https://www.linkedin.com/pulse/solicitamos-al-ayuntamiento-de-madrid-atn-alcalde-jlm 

https://www.cita.es/transparencia-judicial-ayuntamiento-madrid-justificante.pdf

https://www.cita.es/transparencia-judicial-ayuntamiento-comunidad.pdf

https://www.cita.es/transparencia-judicial-ayuntamiento-madrid.pdf

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Vea:
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